Artículos 19 y 25 del Texto Refundido del IRNR
El tipo impositivo aplicable en el IRPF de no residentes está regulado en los artículos 19 y 25 del Texto Refundido del IRNR. Este impuesto se caracteriza por ser de tipo fijo y no progresivo, a diferencia del IRPF de residentes, donde el tipo impositivo es progresivo según los tramos de renta.
Para no residentes, el tipo impositivo varía en función de la naturaleza de las rentas obtenidas:
Es importante destacar que algunos convenios de doble imposición pueden establecer tipos reducidos o incluso la exención total de ciertos rendimientos. Los sujetos pasivos deben analizar la normativa del convenio aplicable para determinar el tipo correcto.
© Manuel de Cristobal Lopez ICAM 56250 XX-07-2024
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