Artículo 4 de la Ley del IS
El hecho imponible en el Impuesto sobre Sociedades está regulado en el artículo 4 de la Ley del IS y se refiere a la obtención de renta por las entidades sujetas al impuesto. Dichas rentas pueden proceder de actividades empresariales o profesionales, así como de la explotación de bienes o derechos.
El hecho imponible se manifiesta en:
El hecho imponible se produce cuando la sociedad genera o percibe ingresos de cualquiera de estas fuentes, lo que da lugar a la obligación de declarar y tributar por el Impuesto sobre Sociedades. La determinación clara del hecho imponible es fundamental para evitar errores en la cuantificación de los ingresos sujetos a gravamen.
© Manuel de Cristobal Lopez ICAM 56250 XX-10-2024
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