Las cooperativas, contempladas desde el Derecho administrativo, interesan por la intervención de los poderes públicos en su constitución, registro, supervisión, promoción y control, sin entrar aquí en la regulación privada de las relaciones entre la sociedad cooperativa y sus socios.
La normativa regula la inscripción y publicidad registral, calificación administrativa, modificaciones estructurales, depósito de documentación, inspección, descalificación, infracciones y sanciones, además de las medidas públicas de fomento y de las competencias atribuidas a las distintas Administraciones. La distribución territorial de competencias explica la especial importancia de la legislación autonómica en esta materia.
En este apartado se reúnen las principales normas históricas y vigentes de carácter administrativo relativas a las cooperativas, especialmente las que disciplinan su relación con las Administraciones públicas, sin perjuicio de su régimen societario, laboral, fiscal o sectorial, que corresponde a otros apartados de la clasificación.
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