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Artículos 7 y 8 de la Ley del IS

En el Impuesto sobre Sociedades (IS), el sujeto pasivo es cualquier entidad que tenga personalidad jurídica y obtenga renta en territorio español. Este concepto se regula en los artículos 7 y 8 de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades.

El artículo 7 define como sujetos pasivos del impuesto a:

  • Sociedades mercantiles: Es decir, sociedades anónimas, limitadas, cooperativas y otras formas societarias reconocidas en el Derecho español.
  • Entidades sin personalidad jurídica: En algunos casos, se incluyen figuras como las Uniones Temporales de Empresas (UTE) o las Sociedades Civiles que tengan un objeto mercantil.
  • Entidades no residentes con establecimiento permanente en España: Se aplica a entidades que, sin residir en España, obtienen renta a través de un establecimiento permanente en territorio español.

Además, en ciertos casos excepcionales, el artículo 8 considera como sujetos pasivos a fundaciones y asociaciones cuando ejercen actividades económicas, así como a organismos públicos que generen ingresos no relacionados con su actividad principal.

Es importante tener en cuenta que este impuesto no se aplica a las personas físicas, que están sujetas al IRPF. El régimen de sujeción al Impuesto sobre Sociedades establece la obligación de declarar y tributar por los beneficios obtenidos, lo que convierte a las sociedades en contribuyentes directos.

© Manuel de Cristobal Lopez ICAM 56250 XX-10-2024

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