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Artículos 4 y 33 de la Ley del IP

El Impuesto sobre el Patrimonio contempla varias exenciones y bonificaciones, reguladas en los artículos 4 y 33 de la Ley del IP. Algunas de las exenciones más importantes son:

  • Vivienda habitual: Exenta hasta un valor máximo de 300.000 euros.
  • Planes de pensiones: Los derechos consolidados en planes de pensiones están exentos del impuesto.
  • Bienes afectos a actividades económicas: Los bienes utilizados en actividades empresariales o profesionales están exentos siempre que el sujeto pasivo sea el titular directo de la actividad.

En cuanto a las bonificaciones, las Comunidades Autónomas tienen competencias para establecer reducciones en la cuota. Un ejemplo destacado es la bonificación del 100% aplicada en la Comunidad de Madrid, que en la práctica exime del pago del impuesto a sus residentes.

© Manuel de Cristobal Lopez ICAM 56250 XX-09-2024

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