Cuando las cuentas ya no cuadran, y lo sabes (aunque no lo digas)
No hace falta que nadie te lo diga. Llega un momento en que lo notas. No es solo que falte dinero para pagar todo; es esa sensación sorda de estar perdiendo el control. Primero pospones algún recibo, luego otro. Llaman, insisten. Las cartas oficiales se apilan sin abrir. Y un día, entre café y preocupación, lo admites para tus adentros: esto se me va de las manos.
Pues bien. Ese punto, incómodo pero nítido, tiene nombre legal: insolvencia.
A efectos jurídicos, la cosa es clara: estás en insolvencia cuando no puedes hacer frente con regularidad a las deudas que tienes encima de la mesa. No es lo mismo que pasar un mes flojo, ni siquiera dos. Es un problema de fondo. Lo que entra no da para cubrir lo que sale, y no hay previsión realista de que eso cambie a corto plazo. No es un tropiezo: es un callejón.
Y aquí viene lo curioso: la ley lo sabe y te pone deberes.
Según el marco legal vigente —concretamente el Texto Refundido de la Ley Concursal (Real Decreto Legislativo 1/2020, de 5 de mayo)— no basta con reconocerlo en silencio. Si estás en situación de insolvencia actual, tienes un plazo legal de dos meses desde que eres consciente para solicitar el concurso de acreedores. No es opcional. Es una obligación.
Porque dejar que todo reviente solo empeora el daño. Para ti, para tus acreedores, y para cualquiera que esté vinculado a tus finanzas.
Ahí se distingue entre:
Insolvencia actual: cuando ya no puedes pagar. No es una suposición, es un hecho.
Insolvencia inminente: cuando sabes que, en breve, tampoco vas a poder hacerlo.
Es como ir viendo las luces rojas encendiéndose en el cuadro de mando del coche: puedes seguir unos kilómetros, sí… pero mejor que pares antes de fundir el motor.
La ley —específicamente el artículo 5 del TRLC— establece que tienes dos meses desde que detectas tu insolvencia actual para acudir al juzgado y solicitar el concurso. No hacerlo puede tener consecuencias graves: desde responsabilidad civil hasta problemas penales si se considera que actuaste con dolo, ocultación o pasividad temeraria.
Lo cierto es que, aunque nadie quiere llegar ahí, el concurso no es una condena. Es una vía. Una salida ordenada para una situación insostenible. Y reconocerlo no es un fracaso, es un gesto de responsabilidad.
Porque fingir que nada pasa… eso sí que sale caro.
Tenemos en este epigrafe las siguientes normas, documentos y libros:
NAVEGACION
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| 1.1. | . . TEMAS | |
| 1.1.1. | . . . TEMAS - TRABAJANDO EN ELLO - | |
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