Las fases del concurso: un viaje que no es tan largo como parece (a veces)
Las fases del concurso son un viaje que no siempre es tan largo, pero no nos engañemos, ¡no es un paseo!.
Cuando se menciona eso de “fases del concurso”, muchos se imaginan un proceso eterno, con montañas de papeles, abogados entrando y saliendo, y años esperando una resolución. Pero, si eres autónomo o persona física, y tu objetivo es acceder a la Ley de Segunda Oportunidad, la cosa puede ser mucho más ágil de lo que parece.
El concurso está dividido en etapas claras. Cada una cumple una función, y aunque al principio todo suena técnico y lejano, en la práctica puede ser más rápido y llevadero de lo que temes —especialmente si haces las cosas bien desde el principio.
1. Fase común: el momento de poner todas las cartas sobre la mesa
Aquí arranca todo oficialmente. El juez declara el concurso y nombra a una figura clave: el administrador concursal. Este profesional (externo, imparcial y designado por el juzgado) se encarga de revisar tus cuentas, tus bienes, tus deudas… todo.
En esta fase se distingue:
- La masa activa, es decir, tus bienes, ingresos, activos, lo que tienes.
- La masa pasiva, es decir, tus deudas, obligaciones y compromisos.
Es la esencia de un radiografía financiera completa. Nada que ocultar, porque de aquí se parte para todo lo que viene después.
2. Fase de convenio o de liquidación: acuerdo… o punto final
Una vez está todo sobre la mesa, toca decidir qué hacer con ello. Existen dos caminos posibles:
- Convenio: si todavía puedes llegar a un acuerdo con tus acreedores, aquí es donde se plantea. Se pactan plazos, rebajas, formas de pago… Es una opción, aunque en la práctica, para un autónomo ahogado por las deudas, suele ser difícil.
- Liquidación: es lo habitual. Aquí se liquida lo que se pueda —ojo, no todo— y se paga en la medida de lo posible. El administrador vende lo que no esté protegido legalmente, y con eso se hace caja para pagar a los acreedores.
Para quienes buscan la Segunda Oportunidad, esta fase es un paso necesario: hay que liquidar para poder pedir después el perdón de lo que no se ha podido pagar.
3. Fase de calificación: ¿fue culpa tuya o simplemente te hundiste?
Esta etapa es delicada. Aquí se analiza por qué has llegado a esta situación. Y se hace una pregunta directa: ¿Ha sido por causas externas, inevitables? ¿O porque tú mismo provocaste el desastre?
Si el concurso se declara fortuito, es que ha sido por mala suerte, una crisis, una mala racha económica, o el Estado prohibio, o limitó tu negocio, como las tiendas de purpurina . . . Nada que te señale como responsable directo.
Si, en cambio, se califica como culpable, la cosa cambia. Aquí se presupone dolo o negligencia grave. ¿Ejemplos? Ocultar bienes, no llevar contabilidad, seguir acumulando deuda sabiendo que ya no podías pagar.
Si te declaran culpable, la puerta a la Segunda Oportunidad puede cerrarse, y en algunos casos extremos, puedes acabar respondiendo con todo tu patrimonio.
4. Fase de exoneración del pasivo insatisfecho (EPI): el verdadero borrón y cuenta nueva
Esta es la joya del proceso para quienes buscan empezar de nuevo: el momento de pedir que te perdonen legalmente las deudas que no has podido pagar.
Se accede a esta fase solo si:
- Has liquidado el patrimonio (según marca la ley),
- Has actuado de buena fe (esto incluye haber solicitado el concurso en plazo),
Y cumples una serie de requisitos que veremos en el capítulo siguiente.
Aquí es donde entra en juego, de verdad, la Ley de Segunda Oportunidad. Si todo ha ido bien, y el juez considera que cumples, puedes salir del proceso con tus deudas perdonadas. No es automático, pero sí posible. Y eso, en muchos casos, marca un antes y un después en la vida del deudor.
NAVEGACION
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