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TEMAS - AGENCIA DE COLOCACION

Agencia de colocación es la entidad pública o privada que realiza actividades de intermediación laboral: ayuda a poner en contacto ofertas de empleo y personas que buscan trabajo, para facilitar una contratación adecuada. En España, la Ley 3/2023, de Empleo, incluye entre los agentes de intermediación a los servicios públicos de empleo y a las agencias de colocación, incluidas las especializadas en recolocación o selección de personal. La ley califica la intermediación como servicio de carácter público aunque la preste una entidad privada; ello expresa su relevancia colectiva y su sujeción a principios públicos, pero no convierte a cada agencia privada en una Administración.

El artículo 43 define estas agencias como entidades públicas o privadas, con o sin ánimo de lucro, que desarrollan intermediación en coordinación con los servicios públicos de empleo o como entidades colaboradoras. Las personas físicas o jurídicas que deseen actuar como tales deben presentar declaración responsable ante el servicio público de empleo competente de la comunidad o ciudad autónoma de su establecimiento principal. Presentada esta, la actividad tiene validez en todo el Estado, sin perjuicio de las facultades administrativas de comprobación, control e inspección. Las agencias deben atender las obligaciones legales sobre transparencia, protección de datos, información y coordinación.

La gratuidad es esencial para quienes buscan empleo: la Ley 3/2023 garantiza que la persona trabajadora no pague por los servicios de intermediación. Las empresas, en cambio, pueden contratar servicios de selección o intermediación con arreglo a las reglas aplicables. Los servicios públicos pueden colaborar con agencias mediante acuerdos, convenios, subvenciones o contratación; la colaboración debe delimitar prestaciones, financiación, derivaciones y responsabilidad. Una agencia no puede discriminar ilícitamente ni tratar los datos de candidatos sin base y garantías adecuadas.

La antigua fuente describe oficinas privadas sin ánimo de lucro autorizadas mediante convenio, conforme a un modelo anterior. Esa descripción está desactualizada: la ley vigente admite entidades públicas o privadas lucrativas y utiliza declaración responsable, con coordinación institucional. Tampoco debe confundirse una agencia de colocación con una empresa de trabajo temporal, que contrata a trabajadores para cederlos temporalmente a empresas usuarias bajo su regulación específica. La intermediación aproxima oferta y demanda; la cesión temporal establece una relación laboral triangular distinta.

Sobre este tema tenemos los siguientes libros, normas y documentos:

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