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Artículo 63 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales

El sujeto pasivo del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) está regulado en el artículo 63 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales (TRLHL), aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004. El sujeto pasivo es la persona física o jurídica que ostente la titularidad de derechos sobre bienes inmuebles. Existen dos tipos principales de sujetos pasivos:

  • Propietarios de los bienes inmuebles.
  • Titulares de derechos reales sobre los inmuebles (usufructuarios, superficies, etc.).

Este impuesto grava la propiedad o derechos reales sobre inmuebles urbanos y rústicos, independientemente de si el inmueble genera ingresos o no.

© Manuel de Cristobal Lopez ICAM 56250 XX-05-2024

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