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Artículo 12 de la Ley del IRPF

El período impositivo del IRPF de residentes, conforme al artículo 12 de la Ley 35/2006, coincide con el año natural, es decir, va del 1 de enero al 31 de diciembre. Durante este periodo, el sujeto pasivo obtiene todas las rentas que serán gravadas al finalizar el ejercicio.

En ciertos casos excepcionales, como el fallecimiento del contribuyente, el período impositivo se ve interrumpido antes del 31 de diciembre, debiendo liquidarse el impuesto por el tiempo transcurrido hasta el día del fallecimiento. Este cierre anticipado del período impositivo implica que los herederos deberán cumplir con las obligaciones fiscales pendientes.

El concepto de período impositivo es clave para la correcta imputación de las rentas, ya que define el marco temporal dentro del cual se produce el hecho imponible y se calculan las bases imponibles y liquidables.

© Manuel de Cristobal Lopez ICAM 56250 XX-10-2024

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