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Artículo 27 de la Ley del IS

El período impositivo en el Impuesto sobre Sociedades está regulado en el artículo 27 de la Ley del IS y, por norma general, coincide con el año natural, es decir, del 1 de enero al 31 de diciembre. No obstante, las sociedades tienen la opción de fijar un período impositivo distinto, siempre que no supere los 12 meses.

Existen situaciones especiales en las que el período impositivo no corresponde al año natural:

  • En el caso de sociedades que se constituyan o se disuelvan durante el ejercicio, el período impositivo se ajusta a la duración real de la sociedad.
  • Si la sociedad cambia su fecha de cierre contable, el período impositivo se ajustará al nuevo calendario.

Al finalizar el período impositivo, la sociedad está obligada a presentar la declaración del Impuesto sobre Sociedades en el plazo de los seis meses siguientes al cierre del ejercicio, por lo que la planificación fiscal adecuada es clave para el cumplimiento de los plazos legales.

© Manuel de Cristobal Lopez ICAM 56250 XX-10-2024

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