Legislador extranjero babilonico
Las palabras “legislador babilonico” designasn a las figuras de poder en Babilonia, y a un conjunto de normas conseutidinarias, no a un legislador segun el criterio actual.
Babilonia es una de las civilizaciones más antiguas de la humanidad, que establecieron los primeros códigos de leyes escritas, siendo el mas conocido Hammurabi y su famoso código.
Hammurabi es la figura central, y señala un antes y un despues.
Antes de Hammurabi Babilonia y las civilizaciones circundantes en Mesopotamia ya contaban con un rico legado de leyes y códigos que influyeron en el desarrollo del derecho babilónico, y debieron influir en el propio Hammurabi.
La tradición legal en esta región ya estaba compuesta por códigos anteriores como el Ur-Nammu (alrededor de 2100-2050 a.C.), el Código de Lipit-Ishtar (alrededor de 1930 a.C.), etc.
Los códigos de Ur-Nammu o Lipit-Ishtar, tambien regían otras ciudades-estado de Mesopotamia, en algunas, evolucionarios hacia versiones propias, e influyeron en todas las normas de la region.
Babilonia adoptó y adaptó muchas de las tradiciones legales de Sumer y otras ciudades mesopotámicas. Las leyes que regían la propiedad, el comercio y los contratos eran esenciales para el desarrollo de la sociedad mesopotámica, donde el comercio y la agricultura eran fundamentales para la economía. Existen otros hitos juridicos en la zona, anteriores a Hammurabi.
Shulgi (2094-2047 a.C.)
Shulgi, hijo de Ur-Nammu, fue otro rey de la Tercera Dinastía de Ur que contribuyó al desarrollo del derecho en la región.
Shulgi fue un gran administrador y promotor de las reformas legales. Aunque no se conserva un código específico que lleve su nombre, se sabe que continuó y expandió el trabajo legal de su padre, fortaleciendo la aplicación de la ley en todo su imperio.
Centralizó la justicia y promovió un sistema judicial más eficiente, con jueces designados en diferentes regiones del imperio. También acometió reformas administrativas que ayudaron a consolidar el contfuncion del estado sobre las tierras y las personas.
Eshnunna (alrededor de 1930 a.C.)
En el punto central tenmos el famoso Codigo de Hammurabi, pero tampoco sue el final del derecho baibolónico, que siguio evolucionando.
Tras la muerte de Hammurabi en 1750 a.C., Babilonia siguió siendo un centro importante en Mesopotamia, pero el imperio que él había construido comenzó a fragmentarse.
La la influencia del derecho babilónico perduró mas tiempo, a traves de los reyes posteriores que partiendo del Código de Hammurabi, continuaron promulgando leyes y adaptando el sistema legal si realizar una ruptrua con el legado jurídico, como ha ocurrido en otros momentos de la historia.
Reyes posteriores del Primer Imperio Babilónico
Después de Hammurabi, el imperio babilónico pasó por períodos de debilidad y decadencia, lo que llevó a la caída del Primer Imperio Babilónico en manos de los hititas y luego de los casitas alrededor del 1595 a.C.
Aunque no se han descubierto códigos legales completos de estos reyes posteriores, se sabe que continuaron gobernando bajo las tradiciones legales establecidas por Hammurabi y sus predecesores.
Los casitas, durante el período entre 1595-1155 a.C. dominaron Babilonia y se vivió un renacimiento cultural y económico.
Los casitas adoptaron muchos aspectos de la cultura babilónica, y existen pruebas, o indicios, de que continuaron utilizando los principios del derecho babilónico clásico.
Segundo Imperio Babilónico (Neo-Babilonio, 626-539 a.C.)
El Segundo Imperio Babilónico, también conocido como el Imperio Neo-Babilonio, es famoso por el rey Nabucodonosor II (605-562 a.C.), quien restauró la grandeza de Babilonia. Su reinado marca un período de reorganización y codificación de las leyes que habían existido desde Hammurabi, volviendo a restaurar su importancia, en un sistema evolucionado.
Este periodo se caracteriza por: * Registro legal.- En esta etapa, los babilonios continuaron desarrollando contratos y transacciones legales detalladas en escritura cuneiforme sobre tablillas de arcilla. Los documentos legales de esta época incluyen contratos de compraventa, acuerdos matrimoniales, herencias y acuerdos comerciales. * La religión y la ley.- Siguen ligadas, Nabucodonosor, como Hammurabi, es el elegido de los dioses. La religión seguía siendo un elemento clave del derecho y muchos aspectos de la ley estaban vinculados a las normas religiosas.
De este legislador y periodo tenemos las siguientes:
NAVEGACION