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10. La justicia gratuita en las Comunidades Autónomas

En el marco del Estado de las Autonomías, algunas Comunidades Autónomas han asumido competencias en la gestión de la justicia gratuita. Se encargan de organizar el servicio en su territorio y de coordinar su funcionamiento cotidiano. Esa es, al menos, la teoría.

La realidad es más limitada. Aunque la gestión se descentraliza, la financiación sigue dependiendo en buena medida del Estado. Las Comunidades administran un sistema cuyo presupuesto no controlan del todo, lo que explica muchas de las disfunciones que se repiten año tras año.

En la práctica, su función principal consiste en coordinar el servicio con los Colegios de Abogados, asegurando que haya profesionales asignados y que la representación legal llegue a quien la necesita. El objetivo formal se cumple. El problema es cómo se cumple y a costa de quién.

El resultado de este modelo es una desigualdad territorial evidente. El derecho es el mismo en todo el país, pero su aplicación cambia según la Comunidad Autónoma en la que se ejerza. Y eso no es un detalle menor.

Hay diferencias claras en la forma de gestionar el sistema, en la eficiencia con la que se tramitan los expedientes y, sobre todo, en la financiación destinada a la justicia gratuita. En algunos territorios el servicio funciona con menos fricción. En otros, se mantiene a base de parches y buena voluntad profesional.

Estas diferencias no son anecdóticas. Generan problemas reales y persistentes en determinados territorios, donde la falta de recursos y la mala gestión se cronifican. Al final, el acceso a la justicia depende demasiado del código postal. Y eso, para un derecho que se presume fundamental, dice bastante del sistema.

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