ACTIVIDAD ECONOMICA
La actividad económica, contemplada desde el Derecho administrativo, comprende la intervención de los poderes públicos en la economía y las reglas que condicionan su actuación como reguladores, supervisores o participantes en determinados sectores. No se ocupa de las relaciones mercantiles privadas, sino de la dimensión pública de la actividad económica.
La normativa regula las potestades de ordenación, autorización, supervisión, inspección y control de actividades económicas, así como determinadas medidas de intervención, planificación, promoción o apoyo público. También comprende disposiciones destinadas a ordenar sectores económicos cuando la protección del interés general justifica la imposición de obligaciones o límites administrativos.
En este apartado se reúnen las principales normas históricas y vigentes de carácter administrativo relativas a la actividad económica, especialmente aquellas que establecen instrumentos de intervención pública, regulan el ejercicio administrativo de competencias económicas o fijan condiciones y controles sobre determinadas actividades desarrolladas en el mercado.
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