ADMINISTRACION ORDINARIA
La Administración ordinaria comprende la actividad administrativa desarrollada mediante las estructuras y órganos comunes de las Administraciones públicas, frente a aquellas formas organizativas creadas para atender funciones especializadas o dotadas de un régimen institucional singular.
La normativa regula los órganos, competencias, servicios y mecanismos ordinarios de actuación administrativa, así como las reglas de organización y funcionamiento necesarias para el ejercicio cotidiano de las funciones públicas. Se trata de disposiciones que permiten ordenar la actividad administrativa común cuando ésta no requiere una estructura institucional específica.
En este apartado se reúnen las principales normas históricas y vigentes relativas a la Administración ordinaria, entendida como la organización y funcionamiento común de la actividad administrativa, diferenciada de los organismos, entidades y demás estructuras que integran la Administración institucional del Estado.
En esta seccion tenemos las siguientes normas, acuerdos y documentos:
- - - - - - - - - - - - N A V E G A C I O N