ADMINISTRACION PERIFERICA DEL ESTADO
La Administración periférica del Estado permite que la Administración General del Estado ejerza sus competencias territorialmente fuera de sus órganos centrales, manteniendo una estructura administrativa distribuida por las distintas partes del territorio nacional.
La normativa regula la organización, competencias y funcionamiento de las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno, las Direcciones Insulares y los restantes órganos y servicios territoriales de la Administración estatal, así como sus relaciones con los ministerios, organismos públicos y demás Administraciones territoriales.
En este apartado se reúnen las principales normas históricas y vigentes relativas a la Administración periférica del Estado, especialmente aquellas que determinan su estructura territorial, los órganos que la integran, sus competencias y los mecanismos de coordinación necesarios para el ejercicio de la acción administrativa estatal en las distintas partes del territorio.
En esta seccion tenemos las siguientes normas, acuerdos y documentos:
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