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NORMAS ORGANICAS

Las normas orgánicas sobre patrimonio de las Administraciones públicas regulan la estructura, competencias y funcionamiento de los órganos encargados de administrar, gestionar, proteger y disponer de los bienes y derechos públicos. Determinan, en definitiva, qué órgano puede actuar y qué facultades le corresponden en cada materia patrimonial.

La normativa regula la atribución de competencias, órganos directivos y gestores, unidades patrimoniales, relaciones entre departamentos, delegaciones, autorizaciones, controles internos y mecanismos de coordinación necesarios para la correcta administración del patrimonio público.

En este apartado se reúnen las principales normas históricas y vigentes de carácter orgánico relativas al patrimonio de las Administraciones públicas, especialmente las que distribuyen funciones entre los distintos órganos y entidades responsables de su gestión, sin perjuicio de las disposiciones sustantivas sobre adquisición, protección, defensa o gestión patrimonial clasificadas en sus correspondientes epígrafes.

En esta seccion tenemos las siguientes normas, acuerdos y documentos:

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