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FUNCION JURISDICCIONAL DE LOS ACTOS PARLAMENTARIOS

Aunque la función propia de las Cortes Generales es esencialmente legislativa, política y de control, el ordenamiento ha atribuido históricamente a las Cámaras determinadas facultades de carácter jurisdiccional o próximas al ejercicio de jurisdicción, especialmente vinculadas al estatuto de sus miembros y a la exigencia de responsabilidades.

Estas competencias han tenido distinto alcance según cada período constitucional y responden a concepciones históricas diferentes sobre la separación de poderes, la autonomía parlamentaria y la posición de las Cámaras frente a los restantes órganos del Estado. Algunas desaparecieron con la evolución del sistema constitucional, mientras otras dejaron paso a procedimientos sometidos a órganos propiamente jurisdiccionales.

En este subapartado se reúnen las principales normas históricas y vigentes que atribuyen a las Cámaras funciones jurisdiccionales o de naturaleza análoga, así como las disposiciones que regulan su ejercicio, procedimiento y efectos.

En esta seccion tenemos las siguientes normas, acuerdos y documentos sobre la funcion jurisdiccional parlamentaria:

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