OTRAS NORMAS PROXIMAS PENALES
Junto al régimen penal general existen determinadas actividades y sectores sometidos a disposiciones penales específicas, dictadas para responder a riesgos, conductas o bienes jurídicos que requieren una regulación particular. Estas normas pueden complementar el Código Penal o establecer previsiones directamente vinculadas con una determinada materia.
Determinadas disposiciones, aun sin constituir normas penales sustantivas en sentido estricto, mantienen una relación suficientemente estrecha con ellas para resultar necesarias o útiles en su aplicación. Su clasificación separada permite conservar esa conexión sin atribuirles una naturaleza penal que jurídicamente no les corresponde.
Su contenido es necesariamente diverso, pues puede afectar a sectores económicos, profesionales, administrativos, sociales o técnicos en los que la legislación incorpora prohibiciones, responsabilidades, consecuencias penales o reglas especiales relacionadas con la comisión de delitos.
Se incluyen aquí normas que complementan, desarrollan o inciden sobre regulaciones penales sectoriales, así como disposiciones pertenecientes a otras ramas del ordenamiento que delimitan conceptos, actividades, obligaciones o situaciones a las que posteriormente se vincula una consecuencia penal. Esta relación resulta particularmente relevante cuando la norma penal necesita acudir a regulaciones externas para determinar su ámbito de aplicación.
En este apartado se reúnen las principales normas históricas y vigentes próximas o relacionadas con la legislación penal sustantiva de carácter sectorial, cuya conexión aconseja su consulta conjunta aunque no formen parte propiamente del núcleo de la regulación penal.
En esta seccion tenemos las siguientes normas, acuerdos y documentos:
- - - - - - - - - - - - N A V E G A C I O N