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TEMAS - ACUERDOS INTERNACIONALES

Es la forma plural de “acuerdo internacional” y alude al conjunto de compromisos jurídicos internacionales suscritos por el Estado español con otros países u organizaciones internacionales.

Características generales

Se utilizan para regular materias de interés común, tales como:

  • Comercio exterior
  • Derechos humanos
  • Defensa y seguridad
  • Cooperación sanitaria, educativa o medioambiental

Pueden ser de aplicación directa o requerir incorporación normativa según su contenido y tipología.

Publicación y jerarquía normativa

Se publican en el Boletín Oficial del Estado (BOE), en una sección específica de tratados internacionales. Una vez válidamente celebrados y publicados, tienen rango de ley (art. 96 CE).

En caso de conflicto, prevalece el tratado sobre una norma interna de igual o inferior rango, independientemente de la fecha.

Tenemos en este epigrafe las siguientes normas, documentos y libros:

NAVEGACION

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