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Texto refundido de la Ley de Empleo

VEASE LEY DE EMPLEO INDICE * Preámbulo * Artículo Único: Aprobación del texto refundido de la Ley de Empleo * Disposición Derogatoria Única * Texto Refundido de la Ley de Empleo * Título Preliminar: De la política de empleo * Título I: El Sistema Nacional de Empleo * Capítulo I: Disposiciones generales * Capítulo II: El Servicio Público de Empleo Estatal * Capítulo III: Los servicios públicos de empleo de las comunidades autónomas * Capítulo IV: Financiación * Título II: Servicios del Sistema Nacional de Empleo prestados por los servicios públicos de empleo * Capítulo I: Usuarios de los servicios * Capítulo II: Acceso de las personas desempleadas a los servicios * Título III: Instrumentos de la política de empleo * Capítulo I: La intermediación laboral * Capítulo II: Las políticas activas de empleo * Capítulo III: La coordinación entre las políticas activas y la protección económica frente al desempleo * Disposiciones Adicionales * Disposiciones Transitorias * Disposiciones Finales RESUMEN El Real Decreto Legislativo 3/2015, aprobado el 23 de octubre de 2015, constituye una herramienta clave en la estructura normativa del mercado laboral español. Su objetivo principal es refundir, regularizar y armonizar la normativa dispersa relativa a la Ley de Empleo. A continuación, se desglosan sus aspectos más relevantes: Preámbulo El preámbulo introduce el propósito del decreto: consolidar y adaptar la normativa existente en materia de empleo para garantizar su coherencia con las políticas económicas y sociales del Estado. Destaca el proceso de consulta con los agentes sociales y el Consejo Económico y Social, subrayando la importancia de garantizar los derechos de las personas trabajadoras y promover la inclusión social. Desarrollo de la Norma Título Preliminar: De la Política de Empleo * Definición (Art. 1): La política de empleo se define como un conjunto de decisiones coordinadas entre el Estado y las comunidades autónomas con el objetivo de fomentar el pleno empleo, la calidad del empleo y la protección contra el desempleo. * Objetivos (Art. 2): Garantizar igualdad de oportunidades, prevenir el desempleo, mejorar la empleabilidad, y fomentar la unidad y movilidad en el mercado laboral. * Planificación y ejecución (Art. 3-5): Define competencias estatales y autonómicas, incorporando una dimensión local que fomenta la generación de empleo ajustado a las necesidades territoriales. Título I: El Sistema Nacional de Empleo * Disposiciones Generales (Cap. I):

  • Establece el Sistema Nacional de Empleo como el conjunto de servicios estatales y autonómicos destinados a implementar políticas de empleo.
  • Incluye objetivos como la mejora de la intermediación laboral y la adaptación a las necesidades del mercado.
  • El Servicio Público de Empleo Estatal (Cap. II):
    • Este organismo autónomo coordina la estrategia nacional, gestiona los fondos y desarrolla programas de empleo.
  • Servicios de Empleo de las Comunidades Autónomas (Cap. III):
    • Las comunidades autónomas tienen competencias para implementar políticas activas, participando en la planificación nacional.
  • Financiación (Cap. IV):
    • Se estructura en fondos nacionales y cofinanciación con la Unión Europea para garantizar la sostenibilidad de las políticas de empleo.

Título II: Servicios Prestados por los Servicios Públicos de Empleo

  • Usuarios de los Servicios (Cap. I):
    • Los servicios públicos de empleo atienden tanto a personas desempleadas como a empresas, asegurando igualdad en el acceso.
  • Acceso de las Personas Desempleadas (Cap. II):
    • Introduce un enfoque personalizado, incluyendo la elaboración de itinerarios individuales de empleo.

Título III: Instrumentos de la Política de Empleo

  • Intermediación Laboral (Cap. I):
    • Regula la mediación entre oferta y demanda de empleo, destacando el papel de las agencias de colocación.
  • Políticas Activas de Empleo (Cap. II):
    • Son medidas dirigidas a mejorar la empleabilidad, como la formación profesional y programas de integración laboral para colectivos vulnerables.
  • Coordinación entre Políticas Activas y Protección frente al Desempleo (Cap. III):
    • Establece la inscripción como demandante de empleo como requisito para acceder a prestaciones económicas.

Disposiciones Complementarias

  • Las disposiciones adicionales y transitorias abordan cuestiones específicas como la identificación de colectivos prioritarios y la transición hacia el nuevo marco normativo.
  • Las disposiciones finales incluyen habilitaciones para el desarrollo reglamentario y la entrada en vigor de la norma.

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