CONSEJO DE ESTADO
El Consejo de Estado es el supremo órgano consultivo del Gobierno, con autonomía orgánica y funcional para el ejercicio de las funciones que le atribuyen la Constitución y las leyes. Su intervención proporciona asesoramiento jurídico en asuntos de especial relevancia y contribuye al control de legalidad de la actuación pública.
La normativa regula su composición, organización, competencias y funcionamiento, así como los procedimientos para solicitar y emitir dictámenes. Su consulta es preceptiva en determinadas materias y facultativa en otras, sin que sus dictámenes tengan carácter vinculante salvo cuando una ley disponga expresamente lo contrario.
En este apartado se reúnen las principales normas históricas y vigentes relativas al Consejo de Estado, incluyendo las referentes a su estatuto, miembros, órganos, competencias, procedimientos y ejercicio de la función consultiva.
En esta seccion tenemos las siguientes normas, acuerdos y documentos:
- - - - - - - - - - - - N A V E G A C I O N